AUXILIO DE TRANSPORTE “CONECTIVIDAD” COVID-19

Durante la emergencia social, económica y ecológica que atravesamos en razón al COVID-19, hemos sido consultados en distintas ocasiones, sobre el pago del auxilio de transporte, les contamos, cómo, cuando y donde este auxilio debe ser reconocido y pagado. 

  1. ¿Qué es auxilio de transporte? 

Es un ingreso que no constituye salario, por que no esta directamente relacionado con la labor que desempeña el trabajador. Es decir, este auxilio permite aliviar los costos por traslado del trabajador desde su sitio de residencia y hacia su sitio de trabajo, y para tener en cuenta, de acuerdo al concepto 3241/2020 expedido por el Ministerio del Trabajo, ni aumenta ni disminuye el valor de este auxilio en razón a la distancia, número de pasajes a pagar o cuanto deba pagar. 

  1. ¿Cuál es el valor de auxilio de transporte? 

Para el año 2020, el valor establecido para este auxilio de transporte ha sido $102.854 pesos. 

  1. ¿A qué trabajadores se debe reconocer y pagar este auxilio de transporte? 

Este auxilio se debe pagar a los trabajadores que devenguen hasta dos (2) veces el salario mínimo legal mensual vigente. 

  1. ¿Qué trabajadores no reciben auxilio de transporte? 

En sentencia de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia SL2169-2019, se establecen dos excepciones sobre qué trabajadores no perciben este auxilio: 

  1. Si el trabajador vive en el mismo lugar de trabajo. 
  2. Si la empresa suministrada de manera gratuita y completa el servicio de transporte. 
  1. ¿Cuándo se debe pagar este auxilio de transporte? 

Este auxilio debe ser remunerado por el empleador en conjunto con el salario, en las épocas que este se pague de acuerdo a lo pactado en el contrato de trabajo, quincenal o mensualmente. 

  1. ¿Cómo pagar el auxilio de transporte a los trabajadores qué sólo se trasladan algunos días? 

En este caso el empleador deberá cancelar el auxilio de transporte de forma proporcional, ejemplo: 

El trabajador (X) devenga $1’000.000, y durante el mes se trasladó sólo 10 días desde su sitio de residencia hacia su sitio de trabajo. $102.854 30=$3.428 $3.428 x 10= $34.280 

Aclaradas todas las dudas respecto del auxilio de transporte, pasamos a contarles los cambios efectuados a través del Decreto 771/2020 expedido el 03/06/2020 por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones “AUXILIO DE CONECTIVIDAD”. 

  1. ¿Qué es auxilio de conectividad digital? 

Dadas las circunstancias actuales de trabajo en el país con ocasión a la emergencia sanitaria por el COVID-19, mucho trabajadores deben atender sus funciones o labores a través del trabajo en casa, para ellos se ha destinado este auxilio, que busca aliviar el costo en que estos incurren  para que su conectividad sea posible. 

  1. ¿Cuál es el valor de auxilio de conectividad digital? 

Es el mismo monto asignado para el auxilio de transporte para el año 2020, es decir $102.854 pesos. 

  1. ¿A qué trabajadores se debe reconocer y pagar el auxilio de conectividad digital? 

Este auxilio debe ser pagado a los trabajadores que devenguen hasta dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes. 

  1. ¿Qué trabajadores no reciben auxilio de conectividad digital? 

Aquellos trabajadores que se encuentren suspendidos de sus laborales, en licencia no remunerada, exentos de la prestación del servicio o les aplique la modalidad contractual de teletrabajo regulada en la Ley 1221 de 2008. 

  1. ¿Por cuánto tiempo se deberá pagar el auxilio de conectividad digital? 

Este auxilio se reconocerá y pagará de manera transitoria, durante el tiempo que dure la emergencia social, económica y ecológica por el COVID-19. 

  1. ¿Cuándo se debe pagar este auxilio de conectividad digital? 

De la misma manera en que se remunera el auxilio de transporte, se deberá cancelar en los periodos quincenales o mensuales con el pago de salario, pactados por el empleador y el trabajador. 

  1. ¿Qué significa que el auxilio de conectividad no sea acumulable con el auxilio de transporte? 

Esto quiere decir que en cualquier caso, habrá sólo la obligación de pagar un solo monto económico mensual, bien sea por auxilio de transporte o auxilio de conectividad digital, aun cuando el trabajador trabaje algunos días desde casa y en otros se traslade desde su residencia hacia su sitio de trabajo. 

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